Cambiar de EPS es un derecho que tienen los colombianos, de tal manera, que a la persona insatisfecha con los servicios médicos de su EPS le asiste todo el derecho para cambiar de prestadora; así lo consagra el Decreto 780 de 2016 en los Arts. 2.1.1.6 y 2.1.7.2. Estas normas establecen que el único requisito para cambiar de EPS es que el afiliado se encuentre a paz y salvo en el pago de aportes y haya completado 360 días de afiliación continuos o discontinuos contados desde la fecha de inscripció.
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Fuente: Diario Occidente
Por la defensa del paciente: El derecho a cambiar de EPS
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Por la defensa del paciente: El derecho a cambiar de EPS
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